viernes, 23 de abril de 2010

Puede la FBBS o la ASBC tener las alas amaradas?

Hace poco Xavier Peñaranda, Presidente ADBSLP, Secretario de Hacienda FBBS publico lo siguiente en comentarios del blog de la FBBS.

"Seguimos sin poder posesionar a la nueva directiva por irresponsabilidad de anterior Presidente, que por cierto NO ha presentado sus conciliaciones bancarias en el vice ministerio de Deportes... menos ha presentado sus descargos a esta FBBS. Quizá eso responda a los muchachos de Oruro de porqué no se tienen Trofeos... eso antes de que se pongan en huelga 'hasta las últimas consecuencias'"

En vista de esto, donde asumo Xavier se refiere a que la FBBS no se puede posesionar ante el viceministerio, hice el siguiente comentario:

"Ahora que contamos con los estatutos de la FBBS, y despues de leerlos detenidamente, me queda en duda el tema de "Seguimos sin poder posesionar a la nueva directiva".


Los estatutos en su articulo 24 dice "Los miembros que por mayoria de votos seran elegidos por la Asamblea General, debiendo tomar posesion inmediata de sus funciones."

Esto indica, que la actual directiba, de acuerdo al acta de la reunion extraordinaria donde deberia mostrar fueron elegidos por una asamblea general, estan posesionados y deberian estar cumpliendo con sus FUNCIONES desde que fueron elegidos.

Ahora bien, lo que creo esta aca en "pendiente" es una posesion ante el sub-ministerio de deportes. Y he aqui la duda, una directiba de la FBBS tiene las alas cortadas por no estar posesionadas ante el sub-ministerio?

Lo que creo pasa es que el viceministerio obliga a toda federacion a presentar los descargos por dineros otorgados ademas de presentar actas donde demuestren existe una nueva mesa directiba.

Pero estos son requerimientos del viceministerio para que la FBBS pueda interactuar con ellos.

A mi entender entonces, apenas una directiba de la FBBS es elegida y consta en actas, esta legalmente POSESIONADA para cumplir y hacer cumplir los estatutos de la FBBS.

De no ser asi, no hubieran podido organizar el campeonato clubes campeones recientemente ejecutado en Cochabamba.
Por lo tanto, a mi buen entender, una directiba de la FBBS puede y debe cumplir con sus funciones destacadas en los estatutos de la FBBS sin estar posesionados ante el viceministerio."

Asumo lo mismo pasa con la ASBC verdad?

El directorio de la ASBC esta legalmente posesionado el dia de su eleccion y cuando consta en actas. Solo que si quiere dinero de la prefectura tiene que TAMBIEN posesionarse ahi. Para la prefectura, el anterior ex-presidente sigue siendo vigente hasta q la nueva directiba se "registre". En otras palabras, no veo que exista discontinuedad en ningun caso verdad?

Ustedes tambien lo ven asi?

Saludos, Javier Fossati

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